In Subvenciones

Agencia Gallega de Desenvolvimiento Rural

EXTRACTO de la Resolucion de 29 de diciembre de 2021 por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para proyectos de inversion en actividades no agricolas, cofinanciadas con el Fondo Europeo Agricola de Desarrollo Rural en el marco del Programa de desarrollo rural de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el año 2022 (codigo de procedimiento MR708A).

  • Plazo de la solicitud: 26/01/2022 hasta 25/02/2022
  • Tipo: Convocatorias
  • Beneficiarios:  Empresas y autónomos
  • Boletín: Diario Oficial de Galicia
  • Categorías: Empresa, Desarrollo Local y Rural, Empleo y contratación, Agricultura, Cultura e idiomas, Sector Financiero/Bancario

Finalidad

Regular el procedimiento de concesión de las ayudas que gestionará la Agencia Gallega de Desarrollo Rural en el marco de la medida 6.4 del PDR de Galicia 2014-2020 destinadas a:

  • Adquirir maquinaria y equipamiento con el fin de mejorar, ampliar y/o modernizar las empresas existentes que desarrollan actividades no agrícolas en zonas rurales, con el fin de reforzar el tejido empresarial en el territorio rural gallego y mejorar su competitividad, inducir a la generación de nuevos empleos, consolidar los existentes y, en última instancia, dinamizar la economía de los territorios rurales.
  • Poner en marcha nuevas actividades empresariales de carácter no agrícola en las aldeas modelo declaradas con anterioridad a la publicación de estas bases reguladoras. A estos efectos, el día de la publicación en el DOG de la correspondiente convocatoria de ayudas estará disponible, en la dirección de la página web de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural https://agader.xunta.gal/es/lineas-de-ayuda, la relación de aldeas modelo declaradas por los correspondientes acuerdos del Consejo de Dirección de la Agencia, al amparo de la Ley 6/2011, de 13 de octubre, de movilidad de tierras, o bien al amparo de la Ley 11/2021, de 14 de mayo, de recuperación de la tierra agraria de Galicia.

Requisitos

  •  Microempresas y pequeñas empresas ubicadas en zonas rurales. A estos efectos, la definición de pequeña empresa es la que resulta del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio, por la que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
  • Personas físicas que residan en una zona rural.
  • Titulares de una explotación agraria o miembros de su unidad familiar, que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas y que desarrollen su proyecto en la propia explotación.

Documentos adxuntos

Descargar PDF

Recent Posts